En un movimiento que marca un hito en la inclusión laboral y social, el Gobierno ha realizado una reforma trascendental en el acceso a la jubilación anticipada para personas con discapacidad. Desde el 1 de junio de 2023, aquellos trabajadores que presenten una discapacidad igual o superior al 45% y hayan cotizado durante al menos cinco años con la discapacidad reconocida tendrán la oportunidad de jubilarse anticipadamente, según lo establecido en un real decreto aprobado recientemente.
Esta medida, implementada tras rigurosos debates y consultas con expertos en discapacidad y políticas laborales, busca no solo reconocer el valor y las contribuciones de las personas con discapacidad en el ámbito laboral, sino también brindarles una oportunidad justa y equitativa de acceder a la jubilación en condiciones adecuadas.
Novedades en la jubilación de los discapacitados
Una de las innovaciones más destacadas de esta reforma radica en la reducción significativa de los años de cotización exigidos para acceder a la jubilación anticipada. Anteriormente, se requerían 15 años de cotización, mientras que ahora se reduce este requisito a tan solo 5 años desde el diagnóstico de la discapacidad. Esta modificación representa un avance significativo en la eliminación de barreras para las personas con discapacidad que desean acceder a la jubilación anticipada.
Además, la reforma contempla una disposición especial para aquellos individuos que presenten más de una patología discapacitante. En estos casos, podrán optar a la jubilación anticipada si la suma de sus dolencias supera el 45% de discapacidad. Esta medida reconoce la complejidad y la diversidad de las experiencias de discapacidad, garantizando que aquellos con múltiples desafíos de salud también puedan beneficiarse de esta oportunidad.
Según estimaciones del Gobierno, se espera que esta medida amplíe significativamente el número de beneficiarios, proporcionando seguridad financiera y bienestar a una parte importante de la población con discapacidad en edad laboral. Se proyecta que el impacto positivo de esta reforma se refleje no solo en la vida de los trabajadores con discapacidad, sino también en sus familias y en la sociedad en general.
Cómo acceder a la jubilación por discapacidad
Para acceder a la jubilación anticipada bajo esta nueva disposición, los trabajadores deben cumplir ciertos requisitos establecidos por el Gobierno. Entre ellos se incluye estar en alta o en situación asimilada a la de alta en cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social, así como haber trabajado un tiempo efectivo equivalente al período mínimo de cotización exigido.
La acreditación de la discapacidad se realizará mediante un informe médico que indique la fecha en que se ha iniciado o manifestado la patología, junto con un certificado emitido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales o el órgano correspondiente de cada comunidad autónoma, que certifique que la discapacidad ha sido igual o superior al 45% durante al menos cinco años.
La valoración del grado de discapacidad se realizará mediante certificados que evalúen la suma de los porcentajes de discapacidad alcanzados en las diferentes dolencias. Además, se requerirá que al menos una de las dolencias reflejadas en el certificado de discapacidad esté incluida en el listado de patologías generadoras de discapacidad y suponga como mínimo el 33% del total del grado de discapacidad acreditado.
En cuanto a la edad mínima de jubilación para personas con un 45% de discapacidad, se ha establecido que será de 56 años, de manera excepcional. Aquellos trabajadores con una discapacidad igual o superior al 65% podrán acceder a la jubilación anticipada a partir de los 52 años.
Esta reforma ha tenido un impacto significativo en la vida de miles de personas con discapacidad en todo el país, al proporcionarles una mayor seguridad financiera y una transición más suave hacia la jubilación. Esta medida refleja el compromiso del Gobierno con la igualdad de oportunidades y la inclusión de todas las personas, independientemente de su capacidad.
Además, el Gobierno ha implementado un nuevo procedimiento para actualizar periódicamente el listado de patologías generadoras de discapacidad, con el fin de garantizar que la legislación se mantenga actualizada y refleje las necesidades cambiantes de las personas con discapacidad. Este proceso se llevará a cabo mediante una Orden Ministerial del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, previa consulta del Consejo Nacional de la Discapacidad.