Los sindicatos AFE y Futbolistas On y la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino cerraron este viernes un preacuerdo por el primer convenio colectivo de la disciplina. La patronal y los sindicatos pactaron las bases del documento que regulará el salario mínimo, la duración de la jornada o las vacaciones, que garantizará la protección en caso de lesión o establecerá el protocolo en caso de embarazo, entre otros asuntos.
Este preacuerdo deberá ratificarse el 15 de enero con la firma del documento definitivo. 29 reuniones y 443 días después de las primeras negociaciones, patronal y sindicatos sentaron las bases del que será el primer convenio colectivo de las jugadoras de Primera División y el segundo para el deporte femenino español tras el que reguló el baloncesto, aunque éste último ya no está vigente.
En ellos se recoge que las futbolistas que estén percibiendo un salario anual entre 12.000 y 15.999,99 euros, con contrato a tiempo parcial inferior a un 75 por ciento de la jornada ordinaria, pasarán a percibir un salario de 16.000 euros brutos anuales. Las futbolistas que estén percibiendo un salario anual entre 16.000 y 30.000 euros, con contrato a tiempo parcial inferior a un 75 por ciento de la jornada ordinaria, pasarán a tener una jornada de al menos el 75 por ciento de la jornada ordinaria y a incrementar su salario en 2.000 euros brutos anuales.
El texto presentado por AFE reconoce el derecho de explotación de imagen por parte de las futbolistas. Contempla asimismo unas vacaciones anuales retribuidas de 30 días naturales, de los que al menos 21 serán disfrutados de forma continuada; la cobertura en caso de baja o incapacidad temporal del cien por cien de las retribuciones de la futbolista o una indemnización por muerte o lesión invalidante de 60.000 y 90.000 euros, respectivamente. En caso de embarazo de una futbolista durante su última temporada de contrato, ésta puede renovar una temporada adicional en las mismas condiciones que tenía.
El convenio colectivo comenzará su vigencia el 1 de julio de 2019 y finalizará el 30 de junio de 2020 y será prorrogado en su totalidad temporada a temporada si no fuera denunciado por cualquiera de las partes con al menos tres meses de antelación a la fecha de su finalización o a la de cualquiera de sus prórrogas.